ONG sin fines de lucro Dedicada a la promocion y Defensa de los Derechos Humanos y la asistencia social de sectores Vulnerables
CONSEJO COMUNALES EDUCATIVOS
Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959
Artículo 1º.
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Artículo 2º.
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
Artículo 3º.
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Artículo 4º.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.
Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.
El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Artículo 5º.
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Artículo 6º.
El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
Artículo 7º.
El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
Artículo 8º.
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Artículo 9º.
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Artículo 10º.
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole.
Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
CONSEJOS EDUCATIVOS
COMPETENCIA DEL ESTADO DOCENTE Art.. 6 num 3 literal j LOE.- La creación de una administración educativa eficiente, efectiva, eficaz, desburocratizada, transparente e innovadora, fundamentada en los principios de democracia participativa, solidaria, etica, honestidad, legalidad, economia, participación, corresponsabilidad, celeridad, rendición de cuentas y responsabilidad social.
Realice sus Denuncias o Comentemos por El Correo Electrónico:
La lucha social es una lucha muy dura ya que en ocasiones existen personas que piensan muy diferente a nosotros a nuestras perspectivas a nuestro punto de vista de respeto de amor al prójimo de la protección al mas débil, nosotros como miembros de una organización de derechos humanos hemos sido objetos de amenazas, de atropellos de ataques personales inclusive nos han querido doblegar mediante nuestros familiares, nos han cerrado programas Radiales, por el simple hecho de defender al ser humano y a la familia como perseccion del universo, pero aca estamos yo se que no es fácil denunciar pero en ocasiones debemos llenarnos de valor y defender nuestro derechos. que vivan nuestros niños, ninas y adolescentes que vivan los seres vivientes de este planeta.
El Maestro de Maestros Samuel Robinson
"El título de maestro no debe darse sino al que sabe enseñar, esto es al que enseña a aprender; no al que manda a aprender, ni al que aconseja que se aprenda. El maestro que sabe dar las primeras instrucciones, sigue enseñando virtualmente todo lo que se aprende después, porque enseñó a aprender"
Los Invito a Visitar nuestro Sitio Web Oficial Denuncia las violaciones a los derechos humanos: denuncias.educativas.gmail.com
@defendiendoDDHH
http://prodefensadelaeducaciontk.blogspot.com
REALICE SUS COMENTARIOS SON MUY IMPORTANTE PARA NOSOTROS
PUBLICACIÓN DE DENUNCIAS
-Declaracion Universal de los Derechos Humanos
Asamblea General de las Naciones Unidas.
Resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948. París.
Articulo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Articulo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida a la libertad y a la seguridad de su persona.
Articulo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Articulo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Articulo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
viernes, 9 de julio de 2010
Aplazan a Estudiantes en Liceo publico que no habrian pagado un curso privado que aplica profesora
jueves, 8 de julio de 2010
Min Educación estará atento a que se respete aumento de 20% en matrículas
Entes encargados todavía no fijarían posición sobre caso de joven presuntamente abusado en colegio de Barcelona
martes, 6 de julio de 2010
PRODEFENSADELAEDUCACION.TK
ES LA PAGINA WEB DE LA VOZ DEL PUEBLO POR LOS DERECHOS HUMANOS DONDE LA ONG PRODEFENSA DEL DERECHO A LA EDUCACION (FUNDA.PDE). PROMUEVE Y DEFIENDE LOS DERECHOS HUMANOS Y DONDE MUESTRA EL TRABAJO Y LA LUCHA POR ERRADICAR LA EXCLUSIÓN Y DISCRIMINACIÓN SOCIAL PRODUCIDA POR LA EXPLOTACION INFANTIL Y COBROS DE MATRICULAS ESCOLARES DISFRAZADOS DE COLABORACION ,DENUNCIANDO LA CORRUPCIÓN EDUCATIVA, LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE PERSONAS, NIÑOS(as) Y ADOLESCENTES, VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS AL PERSONAL DOCENTE , OBREROS Y LOS PROBLEMAS EDUCATIVOS EXISTENTE EN LAS ESCUELAS Y COMUNIDADES DE VENEZUELA, QUE SE PUBLICAN A DIARIO EN EL :NOTICIERO PRODEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
ENVIENOS SU CASO O DENUNCIA NOTICIA PARA PUBLICARLA POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
E-MAIL: buzon.denuncias@gmail.com
denuncias.educativas@gmail.com
http://es-es.facebook.com/
siguenos en facebook por usuario: prodefensadelaeducacion
siguenos en twitter por el usuario: @defendiendoDDHH
Coord. Francisco Hidalgo FUNDA P.D.E. Simon Rodriguez Edo. AnzoateguiCRISTINA SIFONTES aspirante a ser diputada a la Asamblea Nacional por el PSUV niega ayuda para el pago del tratamiento a niña con cancer
Derecho a la Salud y a Servicios de Salud
!ayudemos a la niña genesis a vivir!
Coord. Francisco Hidalgo FUNDA P.D.E. Simon Rodriguez Edo. Anzoategui
martes, 29 de junio de 2010
LA CIRCULAR 42 DEL MINISTERIO POPULAR PARA LA EDUCACION QUE OCULTAN Y VIOLAN DIRECTORES DE ESCUELAS Y LICEOS
LA DIRECCION GENERAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION EN VIRTUD DE LA SERIE DE IRREGULARIDADES QUE SE VIENEN SUCEDIENDO EN LOS PLANTELES PUBLICOS Y PRIVADOS CORRESPONDIENTES A LOS DIFERENTES NIVELES Y MODALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO, ESTABLECE LOS SIGUIENTES LINEAMIENTOS CUYO CUMPLIMIENTO SERA RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES DE ZONAS EDUCATIVAS .
EN CONSECUENCIA QUEDA PROHIBIDO:
prodefensadelaeducacionsr@hotmail.com
Coord. Francisco Hidalgo FUNDA P.D.E. Simon Rodriguez Edo. Anzoategui
lunes, 28 de junio de 2010
Persecucion en Contra de miembros de la ONG funda.pde en la Escuela Antonio José Sotillo
Coord. Francisco Hidalgo FUNDA P.D.E. Simón Rodrigue Edo. Anzoategui
PROHIBIDO OLVIDAR PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR ¿OTRO SIERRA NEVADA?
viernes, 25 de junio de 2010
FELICITACIONES A EMPRESA PRIVADA VELINCA POR SU LABOR SOCIAL
DESIGNADO NUEVO MINISTRO DE EDUCACION Jennifer Josefina Gil Laya
TRAFICO DE INFLUENCIAS NEPOTISMO Y CORRUPCION EDUCATIVA:hija de Providencia Limas crea conflictos en U.E. TOMAS ALFARO CALATRAVA
miércoles, 26 de mayo de 2010
Privado de libertad profesor de educación física por actos de violencia sexual
Vale señalar que por el delito de violencia sexual se contempla una pena de 15 a 20 años de prisión.
No obstante, el Tribunal 6° en funciones de Control de Caracas cambió la precalificación jurídica realizada por el Ministerio Público por el delito de actos lascivos violentos agravados, que establece una pena entre dos a seis años de prisión.
Asimismo, el Juzgado acordó la medida de privación de libertad y ordenó la reclusión del imputado en la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
El ahora imputado, quien también labora en un colegio ubicado en el municipio Baruta, fue denunciado el pasado jueves 02 de julio ante el Ministerio Público, por las representantes de las niñas afectadas.
Posteriormente, tras las diligencias correspondientes, la Policía Metropolitana procedió a detener a Dacosta, de 34 años, cuando éste salía de las instalaciones del colegio en Baruta el pasado miércoles 08 de julio en horas de la tarde.
El Ministerio Público continúa la investigación correspondiente a fin de precisar si existen otras niñas afectadas.
Es oportuno mencionar que Dacosta también es procesado por otro caso de violación por ante el Tribunal 1° de Juicio de Caracas, instancia que en el año 2008 acordó una orden de aprehensión en su contra al revocarle la medida cautelar de presentación periódica.
Encuentro Nacional de la ONG FUNDA.PDE, PROVEA Y LA UNICEF
viernes, 14 de mayo de 2010
Se Disparan Cifras de Abusos Infantiles en Ciudad Bolívar
domingo, 9 de mayo de 2010
Cuantos Años Llevara Educacion en Anzoategui Sumida en Corrupcion con el P.A.E.
sábado, 8 de mayo de 2010
Se Estremesen los Cimientos de las Autoridades Educativas en Anzoátegui
Esto quieren mantenerlo callado pero, no han podido seguir tapando estas irregularidades porque quienes estan escargado de la investigacion es una comision que emano de la Vice-Presidencia de la Republica y donde la misma autoridad unica en educacion Prof. Providencia Limas y funcinarios asdcritos a esa dependencia presuntamente estan involucrados en una multimillonaria estafa a la nación.
Tambien esperemos que las otras denucias hechas por nuestra fundación sean procesadas tales como el de la Prof. Laila Jimenez por el cobro de matriculas y la estafa a la nacion de 53.33 horas con su dualidad de cargo que deja de trabajar y cobra esto bajo la complacencia de la autoridad unica en educación del municipio Simon Rodriguez Prof. Ninoska Camejo quien conoce de este caso y que presuntamente tambien es complice de las estafas de la cual es objeto el estado venezolano donde estos prof. estan protejidos por la hermana de un alto funcionario del estado.
“profesor gozon” operaria impunemente en liceo apoyado por presidente CLEA y altas autoridades educativas de anzoategui
vicemistro de Educacion habria visitado liceo por caso del profesor gozon
Directora de Escuela con expediente en fiscalia por cobro de matricula escolar,continua impunemente explotando la infancia
Monagas: Defensoría Escolar reporta 15 casos de abuso a menores de edad
Providencia Limas protege a Directores que explotan la infancia y los mantiene en sus respectivos cargos
viernes, 9 de abril de 2010
COLOMBIA: Condenan a sacerdote por abuso sexual en Cúcuta
El jerarca Julio Virgilio Chona, tenía detención domiciliaria, mientras avanzaba la investigación, pero al conocerse la decisión judicial el jerarca será trasladado a la penitenciaria Nacional Modelo, para que pague la condena por acceso carnal abusivo agravado con un menor.
CHILE: Procesarán por nuevo caso de abuso sexual a sacerdote chileno encarcelado
| Según informaron a Efe fuentes del Ministerio Público, el fiscal encargado del caso, Cristián Cáceres, pidió a los tribunales el procesamiento contra el sacerdote Ricardo Muñoz Quintero, que fue detenido a principios del pasado enero.El sacerdote permanece en prisión preventiva por un caso de abuso sexual y por otros tres casos de explotación sexual comercial de adolescentes, es decir, de jóvenes entre 14 y 18 años. En su día también fue procesada su pareja, Pamela Ampuero Escobar, quien enfrenta cargos por facilitar la explotación sexual de adolescentes, ya que presuntamente contactaba a las jóvenes a cambio de dinero. Además, ambos están procesados por almacenamiento de pornografía infantil. Al parecer, el sacerdote llevaba a las jóvenes a moteles de Santiago y de localidades cercanas para cometer los abusos, para lo cual utilizaba un automóvil perteneciente al Obispado de Melipilla, situado unos 70 kilómetros al suroeste de la capital chilena. Además, Muñoz y su pareja tienen al menos tres hijos, y se investiga sin son padres de otros menores. |
lunes, 5 de abril de 2010
ONG FUNDA.PDE “Rompamos las cadenas de la esclavitud infantil
segun la UNICEF Existen ocho formas más frecuentes en las que los niños y niñas son obligados a trabajar. El informe describe las terribles condiciones en las que los menores son obligados a trabajar, el impacto directo que todo esto tiene en sus vidas y recomendaciones para combatir estos abusos.
Estas (8) ocho formas de esclavitud infantil son trabajos que destruyen de forma horrible la infancia de millones de niños en todo el mundo:
1-Trata infantil: Cada año 1,2 millones de menores son víctimas del tráfico infantil. Un negocio que mueve al año 23.500 millones de €.
2-Explotación sexual con fines comerciales: 1,8 millones de menores en todo el mundo están siendo explotados sexualmente con fines comerciales
3-Trabajo infantil forzoso por endeudamiento: Decenas de millones de niños en el mundo trabajan para pagar a usureros las deudas de sus familias
4-Trabajo forzoso en la mina: En África occidental, 200.000 menores trabajan en minas y canteras de oro. Constituyen más de un tercio del total de la mano de obra
5-Trabajo forzoso en la agricultura: 132 millones de niños y niñas menores de 15 años, algunos en régimen de esclavitud, trabajan en este sector.
6-Niños soldados/combatientes: 300.000 niños y niñas menores de 15 años están relacionados de algún modo con las fuerzas armadas. Algunos tienen tan solo 7 años
7-Matrimonio infantil forzoso: 14 millones de niñas adolescentes dan a luz cada año y 100 millones de niñas contraerán matrimonio antes de cumplir los 18 durante la próxima década, la gran mayoría por obligación.
8-Esclavitud doméstica: Los menores trabajadores domésticos, en su mayoría niñas, sufren castigos extremos como golpes con planchas ardiendo, flagelaciones y quemaduras con agua hirviendo en sus cuerpos la (9) forma de explotacion infantil denunciada por la ONG funda.pde que sera discutida en la ONU,
niños,niñas y adolescentes obligados a trabajar para cubrir la carencias de las escuelas convirtiendose en la mayor la explotacion y esclavitud infantil en las escuelas que ocurre en venezuela
SIN JUSTICIA SOCIAL Y SIN DERECHOS HUMANOS DE LA INFANCIA NO HAY REVOLUCION
viernes, 2 de abril de 2010
PEDOFILIA EN LA IGLESIA
jueves, 1 de abril de 2010
Acusan al Papa de encubrir casos de pedofilia en EEUU
























