CONSEJO COMUNALES EDUCATIVOS

Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959

Artículo 1º.

El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración.

Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Artículo 2º.

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Artículo 3º.

El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

Artículo 4º.

El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.

Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.

El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Artículo 5º.

El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

Artículo 6º.

El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.


Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.

Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Artículo 7º.

El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.

El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Artículo 8º.

El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

Artículo 9º.

El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.

No será objeto de ningún tipo de trata.

No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Artículo 10º.

El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole.

Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.




CONSEJOS EDUCATIVOS
COMPETENCIA DEL ESTADO DOCENTE
Art.. 6 num 3 literal j LOE.- La creación de una administración educativa eficiente, efectiva, eficaz, desburocratizada, transparente e innovadora, fundamentada en los principios de democracia participativa, solidaria, etica, honestidad, legalidad, economia, participación, corresponsabilidad, celeridad, rendición de cuentas y responsabilidad social.

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denuncias.educativas@gmail.com
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La lucha social es una lucha muy dura ya que en ocasiones existen personas que piensan muy diferente a nosotros a nuestras perspectivas a nuestro punto de vista de respeto de amor al prójimo de la protección al mas débil, nosotros como miembros de una organización de derechos humanos hemos sido objetos de amenazas, de atropellos de ataques personales inclusive nos han querido doblegar mediante nuestros familiares, nos han cerrado programas Radiales, por el simple hecho de defender al ser humano y a la familia como perseccion del universo, pero aca estamos yo se que no es fácil denunciar pero en ocasiones debemos llenarnos de valor y defender nuestro derechos. que vivan nuestros niños, ninas y adolescentes que vivan los seres vivientes de este planeta.

El Maestro de Maestros Samuel Robinson

Pensamientos del Maestro de Maestros Samuel Robinson:
"El título de maestro no debe darse sino al que sabe enseñar, esto es al que enseña a aprender; no al que manda a aprender, ni al que aconseja que se aprenda. El maestro que sabe dar las primeras instrucciones, sigue enseñando virtualmente todo lo que se aprende después, porque enseñó a aprender"


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@defendiendoDDHH

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PUBLICACIÓN DE DENUNCIAS


-Declaracion Universal de los Derechos Humanos

Declaracion Universal de los Derechos Humanos

Asamblea General de las Naciones Unidas.
Resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948. París.


Articulo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Articulo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida a la libertad y a la seguridad de su persona.

Articulo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Articulo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Articulo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

miércoles, 27 de julio de 2011

Ocho ONG´s de DD HH suspenden diálogo con el Gobierno mexicano

La medida es una respuesta a las declaraciones del ministro de Marina, quien dijo que  grupos criminales buscan desprestigiar a las instituciones, utilizando con engaños a organizaciones ciudadanas.

Según las organizaciones no gubernamentales, las palabras del ministro de Marina Saynez exponen "a un mayor riesgo y vulnerabilidad a defensores y defensoras de derechos humanos que enfrentan un contexto adverso. (Cuartoscuro)


Ocho ONG´s defensoras de los DD HH suspendieron el diálogo con el Gobierno mexicano para crear un mecanismo de protección para defensores de derechos humanos después de que el ministro de Marina, Francisco Saynez, dijera ayer que grupos criminales utilizan “la bandera de los derechos humanos” para criticar a las instituciones.
“Reiteramos nuestra disposición a mantener un diálogo franco y productivo. Sin embargo, ante las (…) declaraciones del secretario de la Marina hemos decidido suspenderlo en espera de una señal clara y contundente por parte del presidente Felipe Calderón”, indicó un comunicado conjunto.
El secretario (ministro) de Marina de México aseguró este jueves que el crimen organizado manipula “mediante engaños” a grupos de ciudadanos para que “con la bandera de los derechos humanos” busquen dañar a las instituciones.
Los grupos delictivos “tratan de manchar el prestigio” de las instituciones “utilizando a grupos de ciudadanos” mediante “engaños”, dijo Saynez durante la Ceremonia de Graduación de los Cadetes de la Heroica Escuela Naval Militar.
La declaración fue contestada este miércoles con el plantón de las ONG´s mexicanas en las conversaciones que mantenían con funcionarios de la subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de Gobernación (Interior) para crear un mecanismo para la protección de los defensores de derechos humanos.
Según las organizaciones no gubernamentales, las palabras de Saynez exponen “a un mayor riesgo y vulnerabilidad a defensores y defensoras de derechos humanos que enfrentan un contexto adverso, además de ser contrarias al espíritu de la reforma constitucional en materia de derechos humanos aprobada” en junio pasado.
El Gobierno presentó el 6 de julio las bases de un nuevo mecanismo, mismo que el presidente de México, Felipe Calderón, pidió que fuera puesto en marcha “a la brevedad”.
“Con este instrumento respondemos a una demanda muy sentida de la sociedad civil y de las organizaciones”, señaló entonces Calderón ante la alta comisionada de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos, la sudafricana Navi Pillay, quien visitaba el país.
La demanda de crear el mecanismo surgió hace algunos años de numerosas ONG que trabajan en cuestiones de derechos humanos y que han visto acrecentarse las amenazas y el hostigamiento en su contra.
En noviembre pasado, el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos (ACNUDH) actualizó un informe sobre la materia que detallaba 37 nuevas agresiones contra activistas y que mostraba una tendencia creciente.
El comunicado que informa del plantón en las negociaciones lo suscribieron la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), Artículo 19, la Asociación Mexicana de Radios Comunitarias, Litiga y el centro de derechos humanos Tlachinollan, entre otras.

Informacion recogida de Prensa Web La Radio del Sur /Agencias
Coord. Francisco Hidalgo FUNDA P.D.E. Simon Rodriguez Edo. Anzoategui,Venezuela

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