CONSEJO COMUNALES EDUCATIVOS

Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959

Artículo 1º.

El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración.

Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Artículo 2º.

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Artículo 3º.

El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

Artículo 4º.

El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.

Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.

El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Artículo 5º.

El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

Artículo 6º.

El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.


Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.

Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Artículo 7º.

El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.

El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Artículo 8º.

El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

Artículo 9º.

El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.

No será objeto de ningún tipo de trata.

No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Artículo 10º.

El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole.

Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.




CONSEJOS EDUCATIVOS
COMPETENCIA DEL ESTADO DOCENTE
Art.. 6 num 3 literal j LOE.- La creación de una administración educativa eficiente, efectiva, eficaz, desburocratizada, transparente e innovadora, fundamentada en los principios de democracia participativa, solidaria, etica, honestidad, legalidad, economia, participación, corresponsabilidad, celeridad, rendición de cuentas y responsabilidad social.

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denuncias.educativas@gmail.com
prodefensadelaeducacionsr@hotmail.com

La lucha social es una lucha muy dura ya que en ocasiones existen personas que piensan muy diferente a nosotros a nuestras perspectivas a nuestro punto de vista de respeto de amor al prójimo de la protección al mas débil, nosotros como miembros de una organización de derechos humanos hemos sido objetos de amenazas, de atropellos de ataques personales inclusive nos han querido doblegar mediante nuestros familiares, nos han cerrado programas Radiales, por el simple hecho de defender al ser humano y a la familia como perseccion del universo, pero aca estamos yo se que no es fácil denunciar pero en ocasiones debemos llenarnos de valor y defender nuestro derechos. que vivan nuestros niños, ninas y adolescentes que vivan los seres vivientes de este planeta.

El Maestro de Maestros Samuel Robinson

Pensamientos del Maestro de Maestros Samuel Robinson:
"El título de maestro no debe darse sino al que sabe enseñar, esto es al que enseña a aprender; no al que manda a aprender, ni al que aconseja que se aprenda. El maestro que sabe dar las primeras instrucciones, sigue enseñando virtualmente todo lo que se aprende después, porque enseñó a aprender"


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@defendiendoDDHH

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PUBLICACIÓN DE DENUNCIAS


-Declaracion Universal de los Derechos Humanos

Declaracion Universal de los Derechos Humanos

Asamblea General de las Naciones Unidas.
Resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948. París.


Articulo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Articulo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida a la libertad y a la seguridad de su persona.

Articulo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Articulo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Articulo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

lunes, 14 de marzo de 2011

ABUSOS EN EL COLEGIO PRIVADO LA UNIDAD EDUCATIVA LA ASUNCION

la UNIDAD EDUCATIVA LA ASUNCION  ubicada en la Av. Municipal con cruce calle Buenos Aires Municipio Sotillo. En dicha institución mis menores hijos cursan actualmente sus estudios. Para el mes de Octubre del 2010 inscribí a los niños buscando una mejor educación y el servicio de guardería, confiando plenamente en el buen desempeño y prestigio de la institución, por lo me ocasiono gran preocupación: (1) primero la: prohibición de la entrada a los niños después de los primeros cincos (5) días de cada mes por el pago de matricula a muchos de los niños son devueltos a casa por no cumplir con el pago. (2)Segundo el espacio que tenían anteriormente los niños de maternal en la institución, no contaban con una área donde ellos pudieran realizar sus actividades, el descanso y la recreación. Actualmente a los niños maternal los trasladaron a un apartamento muy grande conjunto a los niños de II nivel y III nivel localizado al lado de la institución U.E la Asunción planta 1, mi pregunta es ¿Esta apta ese apartamento para los niños? o algún bombero hizo la revisión para realizar las actividades. En mi opinión no estoy de acuerdo con el cambio de los niños a otro lugar, no veo la supervisión de la coordinación hacia los maestros y la directora cumple su trabajo en su oficina ubicada en la institución. Otros de los problemas más grande es el cambio de maestros que han tenido los niños de II nivel de lo que va de año escolar. Actualmente mi niña ya ha visto cuatro maestras de las cuales no duran tres (3) meses trabajando, debido a este problema decidí hablar por segunda vez con la directora de la institución la cual le mostré un poco de molestia porque a mi niña le afecta eso y que estaba atrasada en el aprendizaje que no sabía identificar los objetos. Supo decirme que a ella se le escapa de las manos que los maestros se van buscando otra institución pública. Mi segunda preguntan ¿LOS MAESTROS ANTES DE DAR CLASE NO FIRMAN UN CONTRATO? Y que iba apretar un poco más a los maestros para que los niños aprendieran un poco más. La maestra de II nivel que estaba anteriormente realizo una reunión con los representantes el día 01 de Marzo de 2011 para aclarar los puntos sobre que los niños estaban atrasado con el aprendizaje debido a cambio de maestras, la falta de útiles escolares y materiales para poder trabajar dentro del salón, la falta de una psicopedagoga o psicólogos para tratar a los niños, de los cual yo estaba de acuerdo con ella porque ya había hablado anteriormente con la directora sobre el mismo tema. Para el día 09 de Marzo de 2011 lleve a mis niños a la guardería me conseguí con la nueva maestra de mi niña de II nivel y el cambio de escuela a un apartamento y que aun los estaban acondicionando con los niños presentes (polvo, el piso sucio, la falta de energía y sobre todo la pintura). Mi tercera pregunta ¿Qué paso con la maestra que estaba dedicada a los niños? De la cual yo estaba satisfecha por el avance de mi niña… Hoy 10 de Marzo de 2011 estaban realizando la pintura de imágenes en la pared y terminando de arreglar los baños para los niños. Mis otras preguntas ¿Dónde queda mis reclamos hacia los maestros anteriores, donde están los materiales para que los niños trabajen dentro de su salón, donde tengo que ir para que la directora y dueña de la escuela puedan escucharme?
Omitimos el nombre de los padres denunciante para proteger los niños de posibles represalias  
bajada de la pagina WED http://www.prodefensadelaeducacion.tk                                              
Coord. Francisco Hidalgo FUNDA P.D.E. Simon Rodriguez Edo. Anzoategui

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