CONSEJO COMUNALES EDUCATIVOS

Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959

Artículo 1º.

El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración.

Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Artículo 2º.

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Artículo 3º.

El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

Artículo 4º.

El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.

Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.

El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Artículo 5º.

El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

Artículo 6º.

El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.


Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.

Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Artículo 7º.

El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.

El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Artículo 8º.

El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

Artículo 9º.

El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.

No será objeto de ningún tipo de trata.

No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Artículo 10º.

El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole.

Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.




CONSEJOS EDUCATIVOS
COMPETENCIA DEL ESTADO DOCENTE
Art.. 6 num 3 literal j LOE.- La creación de una administración educativa eficiente, efectiva, eficaz, desburocratizada, transparente e innovadora, fundamentada en los principios de democracia participativa, solidaria, etica, honestidad, legalidad, economia, participación, corresponsabilidad, celeridad, rendición de cuentas y responsabilidad social.

Realice sus Denuncias o Comentemos por El Correo Electrónico:
denuncias.educativas@gmail.com
prodefensadelaeducacionsr@hotmail.com

La lucha social es una lucha muy dura ya que en ocasiones existen personas que piensan muy diferente a nosotros a nuestras perspectivas a nuestro punto de vista de respeto de amor al prójimo de la protección al mas débil, nosotros como miembros de una organización de derechos humanos hemos sido objetos de amenazas, de atropellos de ataques personales inclusive nos han querido doblegar mediante nuestros familiares, nos han cerrado programas Radiales, por el simple hecho de defender al ser humano y a la familia como perseccion del universo, pero aca estamos yo se que no es fácil denunciar pero en ocasiones debemos llenarnos de valor y defender nuestro derechos. que vivan nuestros niños, ninas y adolescentes que vivan los seres vivientes de este planeta.

El Maestro de Maestros Samuel Robinson

Pensamientos del Maestro de Maestros Samuel Robinson:
"El título de maestro no debe darse sino al que sabe enseñar, esto es al que enseña a aprender; no al que manda a aprender, ni al que aconseja que se aprenda. El maestro que sabe dar las primeras instrucciones, sigue enseñando virtualmente todo lo que se aprende después, porque enseñó a aprender"


Los Invito a Visitar nuestro Sitio Web Oficial Denuncia las violaciones a los derechos humanos: denuncias.educativas.gmail.com

@defendiendoDDHH

http://prodefensadelaeducaciontk.blogspot.com

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PUBLICACIÓN DE DENUNCIAS


-Declaracion Universal de los Derechos Humanos

Declaracion Universal de los Derechos Humanos

Asamblea General de las Naciones Unidas.
Resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948. París.


Articulo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Articulo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida a la libertad y a la seguridad de su persona.

Articulo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Articulo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Articulo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

martes, 29 de noviembre de 2016

CASI LOGRAN ASESINAR TESTIGO PRESENCIAR DE EJECUCION DE HIJO DEFENSOR DDHH

El día domingo,( 27-11-2016) en horas de medio día, él joven testigo
que pudo presenciar la ejecución del hijo defensor de derechos
humanos, José urbano, y logra escapar y actualmente es buscado por el
grupo parapolicial para ser ejecutado,
Al parecer habría dado con su paradero, porque el joven decidió ir a
bañarse al río con su familia al balneario queda ubicado en el
rincón de puerto la cruz con sus familiares, y allí llegaron 4
policía de sotillo, vestido de civil, ya tendrían el teatro montado,
de asesinarlo y aparentarlo como un supuesto enfrentamiento, el joven
que se bañaba con su pequeña niña, al ver, que los policías de sotillo
lo habrían identificado, tubo que huir en medio del rió, con su niña
en brazos, expuesto ahogarse ya que el que apodado, Arismendi, con
pistola en mano trato de asesinarlo, y no dispara debido a la gran
cantidad de niños y personas que estarían en el río, esto fue lo que
aprovecho el joven a para huir de sus asesinos que los buscan para
silenciarlo, ya que su testimonio desvirtuar, lo publicado en la
prensa en el siguiente links,

Policías ultimaron a sujeto en moto durante presunta refriega


este testigo presenciar de cuando, los oficiales hieren y le
manifiestan al joven Luis urbano vas muerte por ser hijo defensor de
los derechos humanos, José urbano, ocurrido, el día 10 de octubre del
2016, por el grupo parapolicial los 4 fantásticos de la muerte, grupo
de exterminio perteneciente a la policía de sotillo, del Estado
Anzoátegui,

lunes, 21 de noviembre de 2016

Directora Escuela perteneciente a los CLAP, es denunciada por especulación con productos cesta básica

Miembros de la comunidad de clarines, nos envían la siguiente
denuncia, al correo; denuncias.educativas@gmail.com


Les escribimos a los defensores de derechos humanos de FUNDA.PDEN,
para denunciar, que la directora ELIANA ARRIOJA, de la Escuela RURAL,
N: 52, CRUZ DE BELEN, en la población de clarines, asociada con la
señora YANET, CARPABIRE, supuestamente, serian miembros de los CLAP,
con amenazas, de expropiar, y poner multas a los bodegueros, de la
comunidad, les quitan los productos de alimentos, polar, que son
regulados para la venta en las comunidades , para ellos armar las
bolsas, y ser revendidos en precios especulativos, e impidiendo que
lleguen , los espaguetis, arroz, harina pan, mantequilla, y otros
productos necesario en la cesta básica, para la comunidad, cuando les
preguntamos porque los bodegueros, no pueden vendernos los productos
nos informan , que la directora, según ella pertenece al
acompañamiento de SUNDDE en supervisión, y ellas es la encargada de
armar las bolsa para la comunidad, para especular y revender hacia la
calle, en este sentido, ante tal violación al derecho a la
alimentación, que sería un derecho humanos violado por una directora
de una escuela que esta incursa en hechos de corrupción, por ser
funcionaria pública, lo cual también semanalmente pasan extraños robo
en su escuela y casi nunca hay alimentación para los niños, pedimos
publicarnos nuestro reclamo para que el gobierno nacional , combate la
corrupción por esta funcionaria, que perjudica al pueblo

viernes, 18 de noviembre de 2016

DENUNCIAN PRESUNTO ACOSO POLICIAL A ABOGADAS QUE LLEVAN CASO DE AJUSTICIAMIENTO EN PUERTO LA CRUZ

Abogadas que llevan el caso del presunto ajusticiamiento de Luis
Urbano, hijo del defensor de DDHH José Urbano, son objeto de
seguimientos por parte de motorizados, presuntamente pertenecientes a
la Policía de Sotillo, según denuncian activistas de derechos humanos
en nota de prensa. Indican que las abogadas son miembros del equipo
jurídico de la ONG presidida por Urbano en el estado Anzoátegui. No
descartan que el presunto acoso policial sea con la intención de
ubicar al defensor de DDHH y detener el impulso de la investigación
del presunto ajusticiamiento de su hijo y de otros casos similares, en
donde estarían involucrados funcionarios policiales, que según
señalan, son denominados "Los Cuatro Fantásticos de la Muerte". Es por
tanto que temerían por la vida de José Urbano. Enfatizan que el
supuesto grupo parapolicial estaría implicado presuntamente en la
muerte de varios jóvenes en sectores de Puerto La Cruz

miércoles, 16 de noviembre de 2016

TEMEN POR LA VIDA DE DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS TRAS PRESUNTO AJUSTICIAMIENTO DE SU HIJO

Luego del pronunciamiento de diferentes organizaciones internacionales
de derechos humanos por el presunto ajusticiamiento de Luis Armando
Urbano, hijo del defensor de DDHH José Urbano, policías implicados en
el hecho han tratado de ubicar al padre del hoy occiso, según
denunciaron activistas de derechos humanos en nota de prensa, en la
que aseguran temer por la vida del defensor. De igual modo explican
que otro hijo del defensor fue seguido recientemente a distintos
lugares por un motorizado y su acompañante, presuntamente funcionarios
de la Policía de Sotillo, de los cuales logró evadirse al notar la
presencia de éstos, quienes no trataron de detenerlo sino solo de
seguirlo, presumen que con la intención de ubicar al defensor de DDHH,
cuyo hijo, Luis Armando Urbano, fue presuntamente ajusticiado el
pasado 10 de octubre, en extrañas circunstancias, por policías de
Puerto La Cruz, en lo que según afirman, pudo ser una retaliación
contra José Urbano, por los diversos casos que lleva su ONG contra la
violación de derechos humanos, donde presuntamente estarían
involucrados policías de Sotillo. En su denuncia, los activistas de
DDHH señalan a un presunto grupo parapolicial denominado "Los Cuatro
Fantásticos de la Muerte", según indican, conformado por funcionarios
policiales implicados en numerosas ejecuciones contra habitantes de
sectores populares, con y sin antecedentes, cuyas muertes serían
presentadas a la prensa como presuntos ajusticiamientos. En ese
sentido rechazan que la Fiscalía 19 solo escuche la versión de los
policías, pero no tome declaración a familiares o testigos que puedan
desvirtuar la existencia de tales enfrentamientos en el estado
Anzoátegui, que los defensores de DDHH catalogan como "genocidio",
debido al sinnúmero de presuntos homicidios y desapariciones, que
aseguran han ocurrido durante varios años. Finalmente consideran que
la directiva del cuerpo policial, la defensoría del pueblo y el
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y
Paz no han procedido en consonancia ante los hechos.



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FUNDACION PRODEFENSA DEL DERECHO A LA EDUCACION Y LA NIÑEZ